jueves, 28 de abril de 2011

MARCO LEGAL

La Constitución Política señala que la vida, la integridad física y la salud, entre otros, son derechos fundamentales de los niños y las niñas. Gozar de buenas condiciones de salud es para los niños y niñas un requisito esencial para que puedan aprender, desarrollar sus capacidades y adquirir las aptitudes necesarias para una vida en sociedad.

La salud integral es un derecho impostergable de la primera infancia; es un estado de bienestar físico, psíquico y fisiológico y no solo la ausencia de enfermedad. La “salud integral, es la garantía de la prestación de todos los servicios, bienes y acciones conducentes a la conservación y a la recuperación de la salud de los niños, las niñas y adolescentes”, de acuerdo con el Artículo 27 de la Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia.
La Política Educativa Para La Primera Infancia del Ministerio de Educación Nacional garantiza la atención como un proceso continuo y permanente de interacciones y relaciones sociales de calidad, oportunas y pertinentes que posibilitan a los niños potenciar sus capacidades y adquirir competencias para la vida en función de un desarrollo pleno que propicie su constitución como sujetos

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